¿QUÉ ES LA SEGUNDA OPORTUNIDAD?
La SEGUNDA OPORTUNIDAD es un mecanismo legal para conseguir el PERDON DE LAS DEUDAS.
Se pueden acoger las personas físicas, tanto trabajadores como empresarios que no pueden pagar sus deudas por encontrarse en un estado de INSOLVENCIA.
Se trata de un procedimiento judicial que se solicita ante los Juzgados de lo Mercantil a través de abogado y procurador.
Para conseguir que el juez conceda el perdón de las deudas, es decir, su extinción, se necesita probar una serie de circunstancias:
– Que el particular se encuentre en un estado de insolvencia, es decir, no puede hacer frente al pago de sus deudas.
– Que tal situación no haya sido creada intencionadamente, sino que haya surgido a consecuencia de circunstancias personales o económicas.
– Que no haya sido condenado en los últimos diez años por delitos de carácter económico ni sancionado gravemente por defraudar a la Hacienda Pública.
– Que el insolvente colabore de forma efectiva con el juez o el administrador concursal cuando al presentar el procedimiento y cuando sea requerido para ofrecer información.
Si concurren estas circunstancias se plantea un procedimiento de CONCURSO DE ACREEDORES cuy la fase final será la solicitud de que el juzgado conceda la EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO, es decir, la cancelación judicial de las deudas que no se pueden pagar.
Esto es, en resumen, el mecanismo legal para poder acceder de nuevo, con todos los derechos, a un vida civil y financiera plena. Tras la declaración judicial de exoneración el particular podrá volver a tener cuentas corrientes bancarias, saldrá de los archivos de morosos y accederá otra vez a una vida económica plena y sin restricciones.
Si te encuentras asolado por las deudas y no puedes hacer frente a los pagos tienes una segunda oportunidad para empezar de nuevo. Ponte en contacto con mi despacho y te informaremos gratuitamente.
18 de mayo de 2024.